Consiste en que las partes también tratan de llegar -o llegan- a un acuerdo o a un mejor acuerdo negociado, en base a sus intereses, frente a conciliador (de actuación imparcial), respecto a una determinada materia conciliable de carácter comercial o mercantil (Derecho), tales como la rectificación de áreas o linderos, el interdicto de recobrar y de retener, la posesión, el pago de mejoras (renta), entre otras materias.